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Que la Escrituración no sea un problema.

Después de tanto esfuerzo para  alcanzar el dueño de tener una #viviendapropia, sería casi un pecado caer en manos de los famosos tramitadores y falsificadores.

Por eso, al momento de firmar los documentos de propiedad ninguna prevención está de más. El notario Augusto Arciniegas, experto en estos documentos legales, explica que “cuando está de por medio el patrimonio de los colombianos no se puede presumir, en principio, la buena fe de las personas con quienes se hace la negociación.  Debemos pecar por exceso y no por defecto”.

El interesado en comprar, antes que nada, debe verificar la situación jurídica del predio solicitando personalmente el certificado de libertad para constatar quién es el propietario inscrito del bien y verificar que no pesan embargos, limitaciones al dominio u otro tipo de anotaciones que comprometan la negociación. Cuidado, que lo le dé pereza acudir  a la oficina de Registro de Instrumentos públicos a solicitar el documento pues, como estos también se falsifican fácilmente, se corre un alto riesgo al

confiar en el vendedor que lo aporta.

Una de las claves está en exigir documentos autenticados -y, si se puede, originales- para que no le ‘metan gato por liebre’ con papeles falsificados. “Como ex funcionario de la Fiscalía General tengo experiencia en la investigación criminal y, en verdad, a veces quedó asombrado con la calidad de las falsificaciones”, cuenta el notario Arciniegas. En las notarías de Bogotá prestan asesoría a los usuarios para ofrecer una orientación sobre la real situación de la propiedad respecto a los documentos que presentan los usuarios y lo que se puede verificar con la Ventanilla Única de Registro (VUR). A través de ella, los notarios tienen acceso, en tiempo real, a los certificados de libertad de determinados municipios y su situación legal.

Aunque parezca obvio, es elemental no entregar dinero sin verificar la situación jurídica. Adicionalmente, es importante que las promesas de compraventa tengan el reconocimiento de firma, huella y contenido en una notaría. Muchos estafadores no aceptan someterse a esa verificación.

Expertos consultados coincidieron, también, en que hay que registrar lo más pronto posible la compra ante la Oficina de Registro que corresponda. En muchas ocasiones es necesario acudir a la figura del registro provisional de la compraventa a través de la intervención del notario con la VUR, ya que después de la firma de la escritura puede surgir un embargo contra el vendedor y quedar registrado antes que la escritura de compra.

Hay que recordar una máxima tan sencilla como ineludible: usted no es dueño mientras no aparezca su nombre en la Oficina de Registro.

Cuidado con la suplantación

Es conveniente cotejar las huellas del vendedor que aparecen en la escritura vigente con la huella que aparece en la cédula de ciudadanía y la que se va a imponer en la nueva escritura de compraventa. Las suplantaciones personales son también frecuentes y se hacen con documentos muy bien falsificados.

Actualmente, en las notarías aplican métodos biométricos de identificación, con lectores de códigos de barra de las cédulas de ciudadanía y toman fotografías de las personas que intervienen en las escrituras. “Y con todo y eso, a veces nos meten ‘goles’”, comentan los expertos. De ahí, que toda medida de prevención nunca sobra.

“Aspiramos a que pronto nos podamos conectar con la base de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil para cotejar, en tiempo real, los documentos de identificación que presentan los usuarios”, concluyo Arciniegas.

“Ley anti trámites puede ocasionar problemas”

El notario Augusto Arciniegas plantea ciertas preocupaciones respecto a la novedosa ley Antitrámites que propuso el Gobierno Nacional y que puede afectar los trámites de

compra de inmuebles.

“Preocupa que, con la llamada ley anti trámites, Decreto 019 de 2012, donde cualquier fotocopia debe ser de buen recibo, los atentados contra la fe pública se multiplicarán en proporciones geométricas. Esto va a traer una dramática congestión de la justicia, pues las demandas y denuncias serán pan de cada día.

“Existe un principio Constitucional que es el de la presunción de buena fe. Sin embargo, la utilización ciega y absoluta de ese principio, en un país como el nuestro, genera inseguridad jurídica en los negocios. A eso apunta la ley Antitrámites, que sin duda es bienvenida en muchos temas, pero en este, déjeme confesarlo, va a tener consecuencias catastróficas.

“Sólo un ejemplo: la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos tiene el deber de registrar la compraventa de una propiedad con sólo presentar una simple fotocopia de una escritura sin ningún tipo de autenticación o cosa parecida. No quiero imaginarme lo que puede ocurrir con nuestras propiedades”, advierte Arciniegas.

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