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2 thoughts on “Untitled

  1. Buenos días llevo 6 años en un apto.y el dueño me notifica que le entregué en 3 meses porque nececita el apto.pero si le aumento 70.000$ me puedo quedar.es esto justo ya.le he hecho el incremento cada año dado por ley.por favor qué debo hacer.gracias por su colaboración.

    1. Buenos días Señor Marcel, reciba un cordial saludo:

      No es justo ni mucho menos legal lo que usted me indica. Para una mejor orientación es necesario conocer si el Arrendador le ha notificado con tres (3) meses de antelación a la fecha de vencimiento del contrato, o por el contrario le ha notificado con tres (3) meses de antelación a la fecha en que desea le sea restituido el inmnueble; así como la causal invocada, que en este caso al parecer no es una de las señaladas en la ley. En el primer caso, deberá el arrendador indemnizarle con una suma equivalente al precio de uno punto cinco (1.5) meses de Arrendamiento, asumiendo que la causal sea la mera voluntad de dar por terminado el contrato de arrendamiento. En el segundo caso, será necesario el pago de una indemnización equivalente al precio de tres (3) meses de arrendamiento, repito; asumiendo que se de trate la causal de la mera voluntad por parte del Arrendador.

      A continuación le indico el link de un artículo que podría ser de su interés:
      https://www.araujoysegovia.com/blog/terminacion-unilateral-del-contrato-de-arriendo-por-parte-del-arrendador/

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